Siniestro en el hogar causado por un tercero: opciones para dar parte al seguro

Siniestro causado por un vecino — ¿Debo dar parte a mi seguro?

Cuando eres perjudicado de un siniestro causado por un vecino por cualquier otra causa es habitual que surjan dudas de si debe intervenir tu compañia de seguros al no ser tu el causante.


Cuando los daños no son muy importantes, a veces la compañía de seguros del causante puede ofrecer reparadores para solucionarlos. Pero no está obligada a ello y podría no ofrecerlos, lo que a veces genera dudas y desconfianza en el perjudicado, especialmente si le han hecho creer (equivocadamente) que el seguro del causante debe atenderle directamente y por ello no debe dar parte su propio seguro de hogar. En este artículo aclaramos cuándo es mejor dar parte a tu seguro de hogar.

Si tengo un siniestro causado por un vecino ¿estoy obligado a comunicar el siniestro a mi aseguradora?

SI. Según el Artículo 16 de la Ley del Contrato de Seguro (Ley 50/1980), estás obligado a informar a tu compañía aseguradora sobre la ocurrencia del siniestro antes de que hayan pasado 7 días desde que lo descubriste. En caso de incumplimiento de este punto, tu asegurador podrá reclamar los daños y perjuicios causados por la falta de declaración.

¿Y qué sucede entonces?

Si el siniestro está cubierto por tu aseguradora, están obligados a atenderte (Art. 1 de la LCS).

Solo en caso de que la compañía del causante ofrezca reparadores y tu estés de acuerdo en que ellos gestionen los daños, no será necesario que intervenga tu aseguradora (sigue siendo conveniente que tu mediador esté avisado).

¿Estoy obligado a aceptar reparadores, ya sean de mi compañía o de la contraria?

NO. Pero tampoco puedes exigir a la compañia que te mande reparadores si ellos no te los ofrecen.

Según el Art. 18 de la LCS: (…) Cuando la naturaleza del seguro lo permita y el asegurado lo consienta, el asegurador podrá sustituir el pago de la indemnización por la reparación o la reposición del objeto siniestrado.

¿Qué ocurre si no me ofrecen reparadores o no consiento la reparación ofrecida?

Si el siniestro está cubierto por tu póliza, es tu compañía la que tiene la obligación de indemnizarte (Art. 18 LCS). En caso de no estar cubierto por las garantías de tu póliza, deberás reclamar la indemnización directamente a la compañía del causante. En este punto, tu aseguradora puede actuar en tu defensa, formulando la reclamación amistosa en tu nombre o elevándola a defensa jurídica si corresponde.

¿Me interesa aceptar los reparadores que me ofrecen?

Es una decisión muy personal, por una parte aceptar los reparadores ofrecidos simplifica la gestión, porque te ahorra tener que buscarlos y porque evita cualquier discrepancia en importes de valoración con la compañia.

Como parte negativa, renunciamos a la elección del profesional que va a intervenir y en caso de no quedar conformes con el resultado, la gestión se complica ya que no somos los clientes directos del profesional que ha intervenido. En ocasiones, dependiendo de la naturaleza de la reparación, puede resultar preferible elegir reparadores de confianza y reclamar que la indemnización se ajuste al importe de la reparación. Si es tu caso, no actues unilateralmente, pide presupuestos y presentalos al perito asignado. Tan cierto como que las compañias tienden a valorar por lo bajo es que algunos profesionales se exceden cuando se les piden trabajos que «paga el seguro».

¿Me afecta en algo que atienda una u otra Cía?

En caso de que se manden reparadores, no. Ya que la reparación será un resultado material que debe ser aceptable en cualquier caso.

En caso de que se vaya a indemnizar los daños, ten en cuenta que la compañia del causante responde por responsabilidad civil de su asegurado. Esto implica que en la valoración de tus daños legalmente puede aplicar depreciaciones por uso, desgaste u obsolescencia. Mientras que la forma de valoración de tu propia compañia es por lo general más favorable —siempre que se trate de daños a bienes asegurados en la póliza—.

¿me subirán la prima por dar parte de un siniestro causado por un vecino?

Todos los siniestros en tu vivienda cuyo causante es un tercero son potencialmente recobrables para tu asegurador, por lo que no le supondría un agravamiento del riesgo estimado inicialmente, pero depende de tu compañía.

Si estás pensando no dar parte de un siniestro para ahorrarte una subida de prima (que no sabes si se producirá), ten en cuenta lo siguiente:

  • La forma de valoración de tus daños más desfavorable que la de tu propio seguro (ver punto anterior)
  • No tienes la certeza de que la compañía del causante vaya a gestionar tus daños como esperas.
  • Si no das parte en el plazo establecido (7 días) y finalmente la gestión se complica, puedes verte más adelante recurriendo a tu compañía y teniendo que dar explicación por daños de un siniestro que ya tiene varias semanas o meses, lo cual podría levantar suspicacias o dificultar la correcta valoración de los daños.

Intenta recabar datos del causante para aportarlos a tu compañia en el momento de avisarles. Conserva todos los restos y vestigios hasta que termine la liquidación de los daños.